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Desafíos de aseguramiento de la calidad para la Academia Politécnica Naval

La Ley de Educación Superior (2018), propone una nueva visión para desarrollar los procesos de aseguramiento de la calidad a nivel país. La Academia Politécnica Naval, es una institución de educación superior que ha desarrollado tres procesos de acreditación, sin embargo, ante el nuevo escenario, deberá reorientar sus acciones y estrategias para continuar en el camino de la certificación de calidad en educación. Por ello, es necesario analizar los componentes de la nueva ley e identificar los desafíos que deberá enfrentar en un próximo proceso de acreditación.

Para iniciar el análisis del sistema de aseguramiento de calidad de la educación superior en Chile y posteriormente su aplicación en el proceso educacional que desarrolla la Academia Politécnica Naval, es necesario revisar la historia de este proceso.

Durante el gobierno del presidente Ricardo Lagos, se sometió a consideración de la Cámara, un proyecto de ley que tenía por objetivo establecer los componentes esenciales de un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior (Lagos, 2003), a pesar de que esto se venía realizando desde 1998.

En el proyecto de ley, promulgado en octubre de 2006, se establecieron cinco funciones para el sistema nacional de aseguramiento de la calidad y equidad de la educación superior: licenciamiento, acreditación institucional, acreditación de carreras o programas, acreditación de postgrados e información. Como resultado, desde junio de 2007, el organismo encargado de la evaluación y promoción de la calidad en educación superior es la Comisión Nacional de Acreditación (CNA) (Ministerio de Educación, 2006) y, desde entonces, las instituciones pertenecientes al sistema de educación superior chileno, propiciaron una serie de cambios o ajustes internos en sus procesos de administración educacional con la intención de responder a las demandas exigidas por la nueva ley.

Por su parte, la CNA estableció la normativa que rige al proceso de acreditación institucional, que involucra las etapas de autoevaluación institucional, evaluación externa y pronunciamiento de la comisión. La autoevaluación a nivel institucional, contempla un proceso analítico de los mecanismos existentes, identificando fortalezas y debilidades de la institución en relación a estos mecanismos, con el fin de verificar el cumplimiento satisfactorio y pertinente de los objetivos y propósitos institucionales declarados en su misión. La evaluación externa, consiste en certificar que dicha institución cuenta con las condiciones para generar un avance sistemático hacia el logro de los propósitos declarados, posterior a la evaluación de políticas y mecanismos de autorregulación. Por último, el pronunciamiento de la comisión, corresponde a la emisión de un juicio basado en la ponderación de los antecedentes registrados durante la autoevaluación y evaluación externa. Este juicio indica la acreditación o no acreditación de la institución, fundado en la existencia y nivel de desarrollo de sus políticas y mecanismos de aseguramiento de la calidad.

La nueva ley de educación superior

Hasta mayo de 2018, los sistemas de aseguramiento de la calidad fueron conducidos por la CNA con algunos ajustes en el tiempo, que no representaron cambios significativos en la modalidad y forma del desarrollo del proceso.

El proceso descrito, sufrirá cambios sustanciales de forma y fondo: la nueva Ley de Educación Superior (Ministerio de Educación, 2018) modifica, algunos artículos de la ley anterior cambiando el escenario para las instituciones de educación superior que pretenden continuar con la certificación de calidad adquirida hasta el momento.

En un primer paso, la Ley de Educación Superior, ajusta el sistema de aseguramiento de la calidad, integrando a la Subsecretaría de Educación Superior, al Consejo Nacional de Educación, a la CNA y la Superintendencia de Educación Superior. En tanto, los procesos de acreditación institucional los administrará y resolverá la CNA, que deberá, entre otras cosas, desarrollar políticas que promuevan la calidad, la acreditación institucional, de carreras y postgrados, así como la fiscalización del cumplimiento de las normas.

Específicamente, la ley señala que la acreditación institucional será obligatoria e integral para las instituciones de educación superior autónomas y consistirá en la evaluación y verificación de criterios y estándares de calidad (Ministerio de Educación, 2018). Todas las instituciones referidas a la letra d) del artículo 52° del decreto con fuerza de ley N° 2 del 2009 del Ministerio de Educación, esto es universidades (incluyendo a las academias politécnicas de las FF.AA.), Institutos Profesionales (IP) y Centro de Formación Técnica (CFT).

La acreditación abordará las dimensiones correspondientes a docencia y resultados del proceso de formación, gestión estratégica y recursos institucionales, aseguramiento interno de la calidad, vinculación con el medio, investigación, creación e/o innovación. Además de lo anterior, la CNA seleccionará carreras o programas de estudio de pre y postgrado, que formarán parte del proceso de acreditación institucional, lo que obliga a que todas las carreras o especialidades estén en condición de ser acreditadas. La selección de carreras será una muestra intencionada de distintas áreas del conocimiento y de distintas sedes, sin perjuicio de lo anterior, la institución de educación superior podrá proponer una carrera para su evaluación.

Para comprender la conceptualización de las dimensiones propuestas, se entenderá como dimensión, docencia y resultados del proceso de formación, a aquellas políticas y mecanismos institucionales destinados al desarrollo de la función formativa de calidad.

Gestión estratégica y recursos institucionales se orienta a evaluar las políticas de desarrollo y los objetivos estratégicos institucionales, así como la estructura organizacional en función del cumplimiento de los fines.

Aseguramiento interno de calidad se relaciona con la totalidad de funciones institucionales encargadas del aseguramiento de la calidad de la formación, mejoramiento continuo y desarrollo armónico del proyecto institucional.

Vinculación con el medio, se relaciona con aquellas acciones sistemáticas conducentes a establecer una vinculación bidireccional con su entorno significativo, y la evaluación de dichas acciones para determinar el impacto y aporte de la institución en su región o entorno inmediato.

Investigación, creación e/o innovación, se relaciona con la generación de y transmisión del conocimiento (Valenzuela, 2010), investigación, publicaciones, creación artística y tecnología. Toda generación del conocimiento debe estar respaldada y expresarse en políticas, normativas y actividades internas que reflejen un impacto en el entorno o desarrollo disciplinario de la institución.

La ley determina que la acreditación institucional se realizará evaluando dimensiones específicas de la actividad de las instituciones de educación superior, sobre la base de criterios y estándares de calidad previamente definidos para dichas dimensiones, y teniendo en consideración la misión y el respectivo proyecto institucional (Ministerio de Educación, 2018), por lo que la CNA debe elaborar criterios y estándares de calidad que respondan a cada una de las dimensiones señaladas, mediante un reglamento.

La CNA deberá atender, entonces, a las particularidades de los subsistemas existentes en la educación superior, por lo que deberá consultar la opinión técnica de las instituciones de educación superior y agregar la visión de expertos nacionales, extranjeros y representantes del sector productivo.

Como resultante del proceso de acreditación la nueva ley dispone que se otorgará la acreditación a aquellas instituciones de educación superior que cumplan con los criterios y estándares definidos para cada dimensión, para lo cual se establecen tres niveles de acreditación: de excelencia, avanzada y básica (Ministerio de Educación, 2018).

El nivel de excelencia involucra un período de acreditación de seis a siete años, mientras que el nivel de acreditación avanzada contempla un período de cuatro a cinco años y acreditación básica un período de tres años, esta última se podrá otorgar solo una vez de forma consecutiva.

La CNA tiene un plazo de seis meses antes de la fecha de entrada en vigencia de la ley; según lo indica el presidente de la CNA, “los criterios y estándares nuevos estarán listos a fines de 2019, por eso nuestra propuesta es acreditar por el actual sistema a todos los que se presenten mientras no se cuente con estos nuevos instrumentos.” (Muga, CNA Propone Modificar plazos Transitorios de la Nueva Ley, 2017).

El sistema de aseguramiento de la calidad en la Academia Politécnica Naval

Las fuerzas armadas se han sumado a los procesos de aseguramiento de la calidad bajo los mismos parámetros de evaluación que se aplican a las instituciones del ámbito civil, por ejemplo, la Academia Politécnica Militar se adhirió al proyecto en 2013, la Escuela de Aviación, en 2008 y en tanto la Escuela Militar en 2006.

La ley reconoce oficialmente como instituciones de educación superior a los establecimientos de las fuerzas armadas, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de Carabineros y de la Policía de Investigaciones. Todos ellos están facultados para entregar títulos y grados académicos propios del ámbito de su competencia y pueden, voluntariamente, someterse a acreditación al igual que sus carreras e indica que la CNA tiene la posibilidad de determinar pautas de evaluación específicas para este tipo de establecimientos (Comisión Nacional de Acreditación, 2016); sin embargo, a la fecha, estas no se han generado, por lo que las instituciones de la defensa que tengan la intención de mantener su certificación de calidad y períodos de acreditación, deberán adscribirse a la normativa que rige hasta el momento para las instituciones de educación superior civiles.

La Dirección General del Personal de la Armada, a través de la Dirección de Educación, decide incorporar a sus establecimientos de educación al proceso de acreditación, iniciando con la Escuela Naval Arturo Prat en 2008, posteriormente con la Academia Politécnica Naval en 2010 y la Escuela de Grumetes en 2013. Como consecuencia de estos procesos, toda la línea de formación matriz y de especialidades de oficiales y gente de mar se encuentra acreditada ante la CNA.

La Academia Politécnica Naval, ha alcanzado cuatro años de acreditación en los procesos de los años 2010 y 2014 y durante el año 2018 desarrolló el tercer proceso de acreditación institucional, que no cuenta con la resolución de la CNA a la fecha de redacción de este artículo.

Para lo anterior, la Academia desplegó sus esfuerzos para responder a los criterios de evaluación de las áreas de gestión institucional y docencia de pregrado, ejecutando las acciones conducentes a mejorar y fortalecer de dichas áreas. En 2008 creó la división de Acreditación de su departamento de Planificación Estratégica. Además, elaboró el proyecto educativo, reglamento de alumnos, de docentes y de evaluación, y realizó encuestas sistemáticas a estudiantes, docentes, empleadores y egresados, además de recopilar la visión del cuerpo directivo, con el fin de ejecutar los análisis de fortalezas y debilidades de la gestión administrativa y académica, y así, plasmarlas en el plan de mejoramiento respectivo. Lo anterior significó desarrollar procesos de introspección y de autoevaluación interna conforme a parámetros externos, que, sin duda, a nivel de la cultura organizacional, no eran comunes ni cotidianos.

Independiente del resultado de este último proceso de acreditación institucional, la Academia Politécnica Naval deberá repensar su estrategia para abordar el nuevo escenario que dispone la Ley N° 21.091, para el proceso de aseguramiento de la calidad, considerando que se duplican las dimensiones obligatorias y que se establecerán nuevos criterios y estándares de evaluación. Este punto es reconocido por el actual presidente de la CNA que señala que: “la implementación de esta nueva ley supone, de gran envergadura para todos los actores involucrados, es decir, sector público e instituciones de educación superior.” (Muga, Discurso del Presidente de la CNA, Cuenta Pública 2017, 2017).

Nuevos desafíos

Con fecha 10 de agosto de 1961 se creó la Academia Politécnica Naval, mediante Decreto Supremo N° 3.124 del Ministerio de Defensa Nacional, para el mejor desarrollo y perfeccionamiento de la enseñanza superior en la Armada de Chile. La Ley General de Educación N° 20.370 del año 2009, en sus artículos 52, 83 y 84, la reconoce como una de las instituciones de educación superior de las fuerzas armadas de Chile.

La Academia Politécnica Naval se caracteriza por desarrollar procesos de formación académica de especialidades para oficiales y gente de mar, que son equivalentes a formación profesional con licenciatura y técnicos de nivel superior, respectivamente, y tiene la particularidad de ser la única institución de la defensa nacional que incluye los dos niveles de formación en un mismo establecimiento y que además, se encuentra acreditada desde 2010 y 2014, por cuatro años en gestión institucional y docencia de pregrado. En términos generales, su misión es ejecutar, desarrollar y controlar los procesos de especialización de los oficiales y gente de mar que la Marina requiere para dotar sus unidades y reparticiones.

En el marco del sistema educacional de la Armada, corresponde al segundo nivel de formación, que tiene continuidad lógica con la formación de la Escuela Naval para los oficiales y de la Escuela de Grumetes para el personal de gente de mar.

A partir de la promulgación de la nueva Ley de Educación Superior, y según el período de acreditación que se obtenga en el proceso desarrollado durante el año 2018, la Academia contará con un período acotado para ajustar sus acciones de acuerdo a las nuevas exigencias previamente señaladas. Por ello, deberá ajustar los tópicos de docencia de pregrado, que hasta ahora se han planteado, con el fin de responder a la nueva dimensión de docencia y resultados del proceso de formación, específicamente deberá establecer mecanismos que den cuenta de que los procesos de enseñanza–aprendizaje son efectivos, por lo que no bastará con declarar la existencia de dichos procesos, sino que deberá contar con la evidencia objetiva de que éstos son efectivos.

Por otra parte, en la dimensión de gestión estratégica y recursos institucionales, deberá considerar acciones tendientes a concretar planes de desarrollo en beneficio del proceso formativo, que respondan a los objetivos estratégicos definidos por la Academia, y que la estructura organizacional certifique que la toma de decisiones se realiza en función de estos; es decir, se debe establecer y demostrar que los procesos de gestión son coherentes con el plan estratégico, alineados entre los diferentes niveles de dirección y que en su conjunto, responden a las necesidades declaradas en sus planes y normativa interna. En este sentido, el sistema de control de gestión tendrá un rol fundamental en el desarrollo de la gestión de procesos y la definición de sus indicadores.

Del mismo modo, para la dimensión de aseguramiento interno de la calidad, la Academia deberá procurar el establecimiento de procesos internos de mejora continua, que requerirán de análisis de información cualitativa y cuantitativa para evaluar las implicancias de cada acción desarrollada. Para esta dimensión se requiere de una visión holística que integre las acciones del ámbito académico, administrativo y logístico, considerando que todas ellas tienen implicancia en el proceso de enseñanza–aprendizaje y por ende en la formación de los especialistas.

En cuanto a la dimensión de vinculación con el medio, la Academia ha desarrollado diversas actividades académicas, exploratorias, que la relacionan directamente con otras instituciones de la defensa, del entorno regional y nacional. Frente a esto, la Academia deberá definir cuáles de estas acciones responden netamente a la dimensión, cuáles de ellas será necesario potenciar y cuáles desarrollar. Es así que, a través de la subdirección académica, cuenta con el departamento de Extensión y Vinculación con el Medio, que puede realizar las acciones necesarias para satisfacer a esta dimensión. Además, a nivel institucional, la Dirección de Educación de la Armada se encuentra desarrollando los lineamientos y normativas relacionadas a esta área, que otorgarán una base sólida para afrontar de mejor forma esta dimensión.

Por último, la dimensión de investigación, creación e/o innovación, corresponde a la función de generación de nuevo conocimiento. En esta área, a pesar de que la Academia tiene poco camino recorrido, deberá desarrollar una serie de acciones urgentes y básicas que respondan a las exigencias de esta dimensión, al menos en una medida inicial, tales como, incentivar la elaboración de publicaciones propias del ámbito de la educación naval, ciencias navales e ingeniería en revistas indexadas, proyectando con mayor profundidad los impactos y alcances de los trabajos de investigación de pregrado realizados por los alumnos oficiales, así como, motivar la conformación de equipos docentes para la mentoría de investigación de pregrado que los alumnos y la producción de investigaciones de carácter científico propio de los académicos o proyectos que representen un aporte a las ciencias navales, la docencia en las fuerzas armadas y formación de los especialistas, como lo realizan actualmente las Academias Politécnicas Militar y Aeronáutica que para estos efectos han creado sus propios centros de investigación de ciencias militares y aeronáuticas, respectivamente.

En cuanto a la acreditación de carreras, según la nueva ley, ésta se encuentra contemplada en el mismo proceso de acreditación institucional, siendo responsabilidad de la CNA señalar cuales especialidades serán parte del proceso de acreditación, ya sean de índole presencial, semipresencial o a distancia, y donde la Academia podrá proponer una especialidad.

Por último, la definición de estándares y criterios para cada dimensión, por parte de la CNA, entregará mayor claridad respecto de las bases a considerar para perfeccionar las acciones que sean convenientes para elaborar una adecuada autoevaluación según la nueva normativa propuesta.

Conclusiones

Los cambios a través de los años al sistema de aseguramiento de la calidad, se han generado con espíritu de perfeccionamiento y mejoras de este, con el fin de representar, la realidad objetiva de las instituciones de educación superior en términos de calidad de educación. Sin embargo, aún falta precisar procedimientos específicos de evaluación para las instituciones de las FF. AA, que, si bien son instituciones de educación superior, presentan particularidades que las distinguen de las instituciones civiles, comenzando por sus sistemas de admisión, la especificidad de su formación y la proyección en el ámbito laboral.

Ante la existencia de una nueva ley que señala modificaciones al sistema de aseguramiento de la calidad, que afecta a todas las instituciones de educación superior chilenas, la Academia Politécnica Naval deberá ajustarse a los cambios. Estos, implicarán una nueva visión en la estrategia de adopte la institución para responder a las nuevas dimensiones, criterios y estándares de evaluación, que contribuirán a la mejora de procesos de autoevaluación y autorregulación, considerando que éstos serán más completos, amplios y exhaustivos, si es que se reconocen dichos procesos desde una perspectiva positiva.

En consecuencia, la Academia debe potenciar lo logrado hasta el momento en temas de acreditación, planificando un trabajo sistemático, participativo y riguroso, a nivel institucional, con el objeto de mantener y/o mejorar la certificación de calidad hasta el momento obtenida y desarrollar las áreas aún pendientes.

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