- Fecha de publicación: 01/10/2002.
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ENTRENAMIENTO DE
FUERZAS NAVALES
para operaciones de paz.
Alejandro Campos Calvo *
Introducción.
Desde el año 1996, nuestro país ha evidenciado su intención de incorporarse a
Fuerzas Multinacionales bajo mandato de la ONU, al promulgarse la Política Nacional para la
participación del Estado de Chile en Operaciones de Paz.
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Posteriormente, durante el año 1999, y a raíz de la evolución de las Operaciones de
Paz, se promulgó la nueva Política Nacional para la participación del Estado de Chile en
Operaciones de Paz.
2 En consideración a esa nueva política, en noviembre de ese mismo
año, se firmó un Memorándum de entendimiento (MOU) para adherir al Sistema de Fuerzas
Stand by de Naciones Unidas, que permiten a la Organización contar con elementos, personal
y recursos en condiciones de acudir a los escenarios solicitados, dentro de los plazos
establecidos en este mismo Memorándum,
3 manteniéndose la facultad privativa de los
gobiernos de aprobar o rechazar la solicitud.
Existiendo esta intención, materializada en la política antes indicada, se hace
necesario mantener a estas eventuales Fuerzas capacitadas para concurrir y participar en
estas operaciones dentro de los plazos establecidos, minimizando los riesgos existentes.
Este trabajo pretende mostrar aquellos aspectos relacionados con el entrenamiento
que deben tener esas Fuerzas Navales, específicamente unidades de superficie, para
integrarse a Fuerzas Multinacionales y participar en Operaciones de Paz.
Antecedentes.
Si bien normalmente se asocia con Operaciones de Paz a Fuerzas Terrestres, la
participación de Fuerzas Navales, específicamente unidades de superficie, dadas sus
características propias, juega un importante papel en el éxito de este tipo de Operaciones.
Los atributos propios de las Fuerzas Navales como son su “Flexibilidad Política,
Logística y Operativa”, así como su condición de “Listos al Arribo” permiten que junto con la
“Graduabilidad de su empleo”, se constituyan en valiosos elementos a la hora de ser
empleados en Operaciones de Paz.
Cuando se habla de Operaciones de Paz, es posible definir varios niveles o etapas
asociadas a estas Operaciones, definidos en el seno de NN.UU., y que serán tratados a
continuación, como son: una primera etapa de Prevención de Conflictos, posteriormente una
segunda etapa de Establecimiento de la Paz, una tercera etapa de Mantenimiento de la Paz y
una cuarta etapa de Imposición de la Paz.
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Si consideramos que estos niveles se asocian a la forma de empleo de las fuerzas,
podemos considerar que en una primera etapa de Prevención de conflictos, éstas deberán
efectuar el monitoreo y vigilancia de una determinada área, o del tráfico marítimo de esa área,
con la salvedad de no contar con la autoridad para efectuar visita y registro.
Posteriormente, una segunda etapa o segundo nivel de actividad, el Establecimiento
de la Paz,
5 puede incluir sanciones a los estados involucrados, derivadas de un mandato de
NN.UU., las cuales, para que sean efectivas deben considerar ejecutar acciones en aire, mar y
tierra, incluyendo, si es el caso, operaciones ribereñas o fluviales.
Para esta etapa, dado que la mayor parte del tráfico comercial de los países
involucrados ocurre por mar, el resultado puede ser altamente efectivo, manteniéndose la
operación con un bajo perfil ya que el retorno de naves rara vez tiene connotación pública.
La tercera etapa, el Mantenimiento de la Paz,
6 es aquella en la cual las fuerzas
participantes adquieren un papel más activo. En este caso, previo al despliegue de fuerzas en
tierra, las fuerzas navales pueden permanecer por períodos prolongados fuera de las aguas
territoriales, ubicándose más allá del horizonte listas a ser empleadas mientras se continúa
con los esfuerzos diplomáticos. Si estos esfuerzos finalizan sin resultados positivos, en un
corto período de tiempo estas unidades pueden desplegar aquellas fuerzas que estaban Stand
by esperando entrar en acción, manteniendo su capacidad de apoyar a las fuerzas que han
sido desembarcadas como también el reembarco de esas mismas tropas si la situación así lo
aconsejase.
Por último, la cuarta etapa, denominada Imposición de la Paz,
7 será aquella en la cual
las unidades navales podrán incluso participar en bloqueos, bombardeos u operaciones
anfibias para lograr el propósito deseado.
En cada una de estas etapas, las necesidades de entrenamiento son diferentes, por lo
que se debe orientar el esfuerzo a contar con capacidades que permitan el empleo de estas
fuerzas en cada una de ellas.
Consideraciones previas.
En primer lugar, al considerar la participación de unidades navales en una Fuerza
Multinacional bajo mandato de la ONU, habrá que tener presente en qué condiciones se
incorpora esa unidad a la Fuerza, en el sentido de conocer la composición de la Fuerza, lo que
originará -entre otras- tres diferentes formas de conformación y permitirá conocer algunos
aspectos de interoperabilidad necesarios de tener en cuenta:
a. Presencia de EE.UU.: En primer lugar, la presencia de EE.UU. marca una
diferenciación tecnológica importante entre los demás integrantes de esta Fuerza y se
constituye en la primera consideración respecto de los estándares de operación a adoptar por
esta Fuerza.
b. Predominio de alguna organización militar: En segundo lugar existe la posibilidad de
que los componentes de la Fuerza pertenezcan a alguna organización establecida como la
OTAN, con lo cual adoptarían esos estándares para operar y,
c. Organización de NN.UU.: En tercer lugar existe la posibilidad -no materializada a la
fecha- de que Naciones Unidas proporcione sus propios estándares de operación.
Una vez conocida la composición de la Fuerza y los estándares a emplear, lo primero
que debe solucionarse son los problemas de interoperabilidad entre las unidades propias
participantes y las demás unidades componentes de la Fuerza, tema que ha sido tratado en
trabajos anteriores.
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Entrenamiento de Fuerzas Navales.
Los problemas de interoperabilidad deben solucionarse antes de la incorporación de
las unidades a la fuerza, y corresponden a un tema tratado en extenso en un trabajo anterior,
por lo que a continuación, se indicarán aquellos aspectos de entrenamiento que a juicio del
autor son necesarios de considerar previos a la incorporación a la Fuerza Multinacional.
En primer lugar, el uso del idioma es fundamental para que la unidad designada pueda
incorporarse a la fuerza e interactuar con ella sin problemas. El buen uso del idioma significa a
su vez un mejor y más preciso desarrollo de los eventos planificados, una clara comprensión
de las órdenes que se dan así como una disminución de las probabilidades de accidentes
derivados de la no-comprensión o entendimiento de señales o instrucciones. En este sentido
una forma de mejorar esta “capacidad” es desarrollando operaciones en inglés,
9 en forma
normal y frecuente, permitiendo así la familiarización de los operadores y de aquellos que
cubren líneas con el idioma, como también de aquellos que deban enviar o recibir mensajes
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en inglés.
En segundo lugar, y considerando las etapas mencionadas anteriormente en las que
pueden ser empleadas Fuerzas navales, es posible visualizar aquellos ejercicios más
característicos, propios de la normal operación de Fuerzas navales y cuya constante práctica
contribuye a mantener entrenada a las eventuales unidades participantes.
En la etapa de Prevención de conflictos, las normales tareas de Vigilancia de los
espacios marítimos ejecutadas por unidades navales así como la Exploración Aeromarítima
desarrollada por las componentes aeronavales de una Fuerza naval, constituyen un buen
ejemplo de procesos normales de entrenamiento que contribuyen a mantener entrenada a
unidades que eventualmente pueden integrarse a Fuerzas de mantenimiento de la Paz. El
traspaso y actualización de panoramas, ejercicios realizados tanto en la mar como en
simuladores permite mantener esa capacidad actualizada.
En la etapa de Establecimiento de la Paz, pueden incluirse o considerarse sanciones a
los estados involucrados por lo que las fuerzas navales presentes deberán estar en
condiciones de cumplir los mandatos de NN.UU. Dentro de estas sanciones puede
considerarse la restricción de ingreso de cierto tipo de mercancías o suministros al país
sancionado, ejecutando tareas de Interdicción Marítima, lo que hará necesario contar con
entrenamiento en este tipo de acciones. Estas operaciones requieren de ciertas precauciones
especiales, tanto en la aproximación a las unidades como por parte de los equipos de Visita y
Registro que sean empleados, existiendo procedimientos establecidos en Manuales
Multinacionales. En este aspecto es necesario contar con “equipos de personal” establecidos y
consolidados, que cuente con el equipamiento y entrenamiento especializado en estas
labores, de manera de minimizar los riesgos inherentes a esta labor.
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En la etapa de Mantenimiento de la Paz, las Fuerzas navales pueden tomar un papel
más activo, en condiciones de prestar el apoyo necesario a las fuerzas terrestres cuando sea
solicitado, para lo cual deberán mantenerse operando en las cercanías del área en la que se
llevan a cabo las acciones, listas a actuar. Cuando se habla de listas a actuar, debe
considerarse tanto el apoyo militar en el desembarco o reembarco de tropas, sino también el
apoyo médico y/o humanitario a las eventuales víctimas, tanto propias como de la población,
que se generen en tierra.
Esto último implica que las unidades deben estar en condiciones de evacuar heridos,
por lo que se mantienen activadas las operaciones aéreas así como la disponibilidad de las
instalaciones sanitarias y de médicos para estas emergencias. El entrenamiento de los
enfermeros de combate así como la utilización de las partidas de primeros auxilios durante los
diversos ejercicios característicos de la unidad, contribuyen a mantener esta capacidad al día.
En la etapa de Imposición de la Paz, puede ser necesario que las Fuerzas Navales
hagan uso de todas sus capacidades propias para lograr los objetivos que ha establecido el
mandato de Naciones Unidas.
Al determinarse la imposición de un bloqueo al país sancionado, las unidades deberán
mantener actualizado el panorama de superficie y monitorear a las unidades que se
aproximan a las eventuales zonas de exclusión. El Control Naval del Tráfico Marítimo juega un
papel fundamental para optimizar los esfuerzos de vigilancia y control. Conocidas las naves
que transportan ayuda humanitaria, será necesario prever su escolta y eventual protección
durante el tránsito hasta llegar a destino.
En el caso de navíos sospechosos será necesario abordarlos y registrarlos y en caso
de que estén violando el mandato, “desviarlos” por lo que los procedimientos de Interdicción
deben ser empleados eficientemente. En estos casos, las unidades deberán estar en
condiciones de romper el fuego sobre aquellas naves que no respeten las instrucciones,
tratando de minimizar los daños, por lo que también es fundamental el entrenamiento tanto de
los vigías que reporten cualquier anormalidad en el buque sometido a inspección como del
personal que cubre y opera el armamento, para evitar daños indeseados.
Un aspecto que trasciende los aspectos indicados precedentemente es aquel
relacionado con el conocimiento y aplicación de la legalidad vigente, en aquello relacionado
con el Derecho Internacional.
Es importante, a juicio del autor, considerar como parte del entrenamiento en cada una
de las etapas mencionadas anteriormente la asesoría en materia jurídica, específicamente en
aquellos aspectos relativos al Derecho Internacional Marítimo, por lo que debiera considerarse
el embarque de oficiales de justicia que permitan brindar esa asesoría, tanto en los ejercicios
de entrenamiento previos, en los que su cooperación puede permitir desarrollar ejercicios
incorporando variantes legales, como durante el desarrollo de la operación en que
participará(n) la(s) unidad(es).
En tercer lugar, es importante la familiarización y empleo de las publicaciones
empleadas para ejercicios multinacionales. Si bien NN.UU. no cuenta con publicaciones,
aquellas que han sido promulgadas por EE.UU. para operaciones multinacionales,
12 y que son
empleadas en ejercicios combinados, son las más aceptadas al momento de definir algún
estándar.
En cuarto lugar, la participación en ejercicios u operaciones Multinacionales,
13 permite
satisfacer varios aspectos relacionados con el entrenamiento.
Durante una primera etapa de preparación, es posible actualizar la información
existente respecto de procedimientos vigentes y además se genera experiencia en la
preparación de las unidades y la planificación para desplegarse por largo tiempo, con todas
las consideraciones logísticas que ello implica.
Durante la ejecución, es posible chequear y corregir aquellos aspectos que habían
sido practicados previamente, pero cuyo resultado final puede variar o ser complementado con
la información o participación de otra unidad componente de la Fuerza, que posea una mayor
experiencia en una determinada área.
Por último, al retornar al país, se produce una de las actividades más productivas y
que puede generar mayor cantidad de beneficios, cual es la recopilación y traspaso de
experiencias al resto de las unidades que no participaron de la operación, lo que
indudablemente contribuye a uniformar el nivel de conocimientos y experticia de las demás
componentes de la fuerza.
Conclusiones.
Tanto la Política Nacional para la participación del Estado en Operaciones de Paz,
como el Memorándum de entendimiento firmado con la Organización de Naciones Unidas
considera que, aprobada la solicitud por parte del gobierno, participen de Fuerzas chilenas, y
específicamente unidades navales, en este tipo de operaciones.
Aprobada la participación de las Fuerzas, se debe buscar minimizar los riesgos hacia
el personal y de la eventual pérdida de material durante el cumplimiento de la misión o
mandato, riesgos inherentes a la situación propia de los escenarios en donde se desarrollan
Operaciones de Paz.
El entrenamiento previo es funda- mental para lograr el objetivo señalado
precedentemente.
Tal como se mencionó anteriormente, casi la totalidad de las actividades que se prevé
realizarán normalmente Fuerzas Navales en Operaciones de Paz, corresponden a actividades
propias y características de estas Fuerzas, y que se desarrollan tanto en el ámbito interno de
cada marina como en los ejercicios multinacionales en que tradicionalmente ha participado
nuestra Armada, por lo cual no se requeriría “innovar” en lo que a entrenamiento especial se
refiere, sino solamente reforzar determinadas conductas y profundizar la especialización en
otras (p. Ej. Operaciones de Interdicción), para lo cual se cuenta tanto con las publicaciones
especializadas como con el personal capacitado que puede aportar su conocimiento y
experiencia a mejorar el nivel de preparación requerido.
* Capitán de Fragata. Oficial de Estado Mayor. Ingeniero Naval Electrónico.
1. Decreto Supremo MDN. SG. Nº 94 de 6 de noviembre de 1996.
2. Decreto Supremo MDN. SG. Nº 68 de 14 de octubre de 1999, publicado en el Diario Oficial Nº 36510 de 10 de noviembre de 1999.
3. Noviembre de 1999.
4. Agenda para la Paz, Bhoutros Bhoutros-Gali, junio 1992.
5. Peacemaking.
6. Peacekeeping.
7. Peace Enforcement.
8. La interoperabilidad en Fuerzas Combinadas. Requisito ineludible para fuerzas bajo mandato de la O.N.U. Revista de Marina 3/02, p. 254.
9. Inglés es el idioma definido por NN.UU. como idioma común para sus operaciones y actividades.
10. Si bien no existen Formatos de mensajes de NN.UU., el empleo de aquellos estándares empleados en Operaciones Multinacionales constituye un
excelente entrenamiento.
11. Procedimientos para Fuerzas de Interdicción Marítima. Manual Marítimo Multinacional. Academia de Guerra Naval.
12. Manuales Multinacionales, Serie EXTAC 1000.
13. UNITAS, RIMPAC, PASSEX, etc.
BIBLIOGRAFÍA
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- Apuntes del Autor. Curso The Maritime Dimension of Peacekeeping Operations, PPC, Nova Scotia
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- Alejandro Campos Calvo. La Interoperabilidad en Fuerzas Combinadas. Requisito indispensable para
fuerzas bajo mandato de la O.N.U. Academia de Guerra Naval.
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